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www.hegoak.com - Prostitución - Legislación

Introducción

Cod. Penal

Extranjer@s

 

          La situación legal o marco legislativo de la prostitución es un elemento importante en el debate sobre el sector, actualmente podemos encontrar tres tipos de políticas:

 

- PROHIBICIONISMO: Sistema que consiste en prohibir la prostitución y en ejercer una represión contra las personas que se dedican a ella, que la organizan o la explotan.

 

- REGLAMENTARISMO: Sistema en el que se acepta la existencia de la prostitución y la puesta bajo control policial y sanitario de las mujeres que ejercen la prostitución y por otro, su agrupamiento por vía de autoridad. Este agrupamiento puede materializarse en el confinamiento en establecimientos especializados o “casas de lenocinio”. Otro tipo de confinamiento es el referente a las zonas de la vía pública, geográficamente bien determinadas o reglamentadas. A pesar de que los personas partidarias de este sistema creían que era una forma eficaz de combatir la propagación de las enfermedades venéreas, que era la principal preocupación en una época, este sistema no logró controlar las enfermedades de transmisión sexual.

 

- ABOLICIONISMO: Sistema que se autodefine como perseguidor del proxenetismo, pero no de la prostitución en sí. Está prohibido abrir o tener casas de lenocinio. No se prohibe la prostitución, pero tampoco se la reconoce legalmente.

 

 

          En el Estado Español se han dado los dos últimos sistemas, siendo el abolicionismo el que impera en la actualidad. Sin embargo, ambas fórmulas reciben numerosas críticas: impiden desarrollar el trabajo a las mujeres que ejercen la prostitución, aumentan el control social sobre ellas y por ende la estigmatización, además de potenciar el desarrollo de la criminalidad y de que no reconocen los derechos como trabajadoras de las mujeres.

 

 

          La circunstancia de que el Estado se sitúe actualmente en el Abolicionismo, significa que no hay una reglamentación específica para la actividad de la prostitución, puntualizada únicamente en algunos aspectos en el nuevo código penal de 1996, donde la prostitución es  considerada una actividad derivada del libre ejercicio de la libertad sexual de las personas mayores de edad, siempre que esté aceptado por las personas implicadas y no intervenga ningún tipo de coacción.

 

 

 

 

 

 

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