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www.hegoak.com - Prostitución - Prostitución Masculina

Declaración internacional de los derechos de l@s trabajador@s sexuales

     

     La Comisión Internacional para los derechos de los/as trabajadores/as sexuales, reunida en Amsterdam en 1985, publicó en Pheterson una carta reivindicativa de los derechos de las/os prostitutas/os. Seattle : Seal Press, 1989. (página 40)

 

Legislación

 

Despenalizar todos los aspectos de la prostitución practicada de forma libre y voluntaria entre personas adultas.

Despenalizar la prostitución y regular los derechos de terceros de acuerdo con los convenios vigentes. Debe quedar constancia de que los convenios  existentes permiten el abuso de los/as trabajadores/as sexuales; por lo tanto, deberían incluirse cláusulas especiales para prevenir los abusos y la estigmatización de estos/as trabajadores/as (autónomos/as y otros/as)

Reforzar las leyes penales contra el fraude, la coacción, la violencia, los abusos sexuales a menores, el trabajo infantil, las violaciones y el racismo, estén o no en el contexto de la prostitución.

Derogar las leyes que nieguen la libertad de asociarse y de viajar a estos/as trabajadores/as, dentro del país y entre países. Los/as trabajadores/as sexuales tienen derecho a su vida privada.

 

Derechos Humanos

 

Garantizar a los/as trabajadores/as sexuales todos los derechos humanos y las libertades civiles, incluyendo la libertad de expresión, de viajar, inmigrar, trabajar, casarse, y tener descendencia, así como el derecho a subsidio por desempleo, asistencia médica y vivienda.

Derecho de asilo para aquellas personas a las que se les nieguen sus derechos humanos por su condición de prostituta/o o por su orientación sexual.

 

Condiciones de Trabajo

 

No debería haber ninguna ley que implique la marginación sistemática de la prostitución. Los/as trabajadores/as sexuales deberían tener derecho a elegir su lugar de trabajo y residencia. Es esencial que éstos/as puedan ofrecer sus servicios bajo las condiciones que sólo ellos/as determinen.

Debería haber una comisión que asegurase la protección de los derechos de estos/as trabajadores/as, y a la que éstos/as puedan remitir sus reclamaciones. Esta comisión debería estar integrada por prostitutas y otros profesionales como abogados/as y terapeutas.

No debería existir ninguna ley discriminatoria que impida que se asocien y que trabajen colectivamente para mejorar su seguridad.

 

Salud

 

Todos los hombres y mujeres deberían ser educados/as para realizar revisiones periódicas de enfermedades de transmisión sexual. Teniendo en cuenta que las revisiones médicas se han utilizado históricamente para controlar y estigmatizar a estos/as trabajadores/as, y que las/os prostitutas/os adultos/as están, en general, mucho más informados acerca de la salud sexual que muchos/as otros/as, no es aceptable la obligatoriedad de las revisiones salvo que lo sean para todas las personas sexualmente activas.

 

Servicios

 

Deberían implantarse servicios de empleo, asesoramiento jurídico y consejo sicológico, y acogida en viviendas públicas para niños que han huido de sus casas, para prevenir la prostitución infantil y promover su bienestar y la igualdad de oportunidades.

Los/as trabajadores/as sexuales deben de gozar de los mismos beneficios sociales que el resto de los/as ciudadanos/as, de acuerdo con la legislación de cada país.

Deberían implantarse también casas de acogida y otros servicios para éstos/as, así como  programas de formación para aquellos/as que deseen cambiar de trabajo.

 

Impuestos

 

No a los impuestos especiales para los trabajadores/as sexuales.

Deberían pagar los mismos impuestos que los demás trabajadores o empresarios, y recibir los mismos beneficios.

 

Opinión pública

 

Apoyar programas educativos para cambiar las actitudes sociales que estigmatizan y discriminan a estos/as trabajadores/as o ex-trabajadores/as, de cualquier raza, género o nacionalidad.

Desarrollar programas educativos que ayuden  a la población en general a entender que el/la cliente/a juega un papel muy importante en el fenómeno de la prostitución, siendo casi siempre ignorada dicha figura. El/la cliente/a, así como el/la trabajador/a, no debería ser discriminado/a o condenado/a sobre una base moral.

Nos solidarizamos con los/as trabajadores/as del denominado comercio sexual.

 

Organización

 

Las organizaciones de trabajadores/as y ex-trabajadores/as sexuales deberían recibir apoyo para poder avanzar más allá de lo expresado en esta declaración.

 

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