|
Declaración
internacional de los derechos de l@s
trabajador@s sexuales |
|

|
La Comisión Internacional para los derechos de los/as
trabajadores/as sexuales, reunida en Amsterdam en 1985,
publicó en Pheterson una carta reivindicativa de los derechos
de las/os prostitutas/os. Seattle :
Seal Press, 1989. (página
40)
|
Legislación
Despenalizar
todos los aspectos de la prostitución practicada de forma libre y
voluntaria entre personas adultas.
Despenalizar
la prostitución y regular los derechos de terceros de acuerdo con los
convenios vigentes. Debe quedar constancia de que los convenios existentes permiten el abuso de los/as trabajadores/as
sexuales; por lo tanto, deberían incluirse cláusulas especiales para
prevenir los abusos y la estigmatización de estos/as trabajadores/as
(autónomos/as y otros/as)
Reforzar
las leyes penales contra el fraude, la coacción, la violencia, los
abusos sexuales a menores, el trabajo infantil, las violaciones y el
racismo, estén o no en el contexto de la prostitución.
Derogar
las leyes que nieguen la libertad de asociarse y de viajar a estos/as
trabajadores/as, dentro del país y entre países. Los/as
trabajadores/as sexuales tienen derecho a su vida privada.
Derechos
Humanos
Garantizar
a los/as trabajadores/as sexuales todos los derechos humanos y las
libertades civiles, incluyendo la libertad de expresión, de viajar,
inmigrar, trabajar, casarse, y tener descendencia, así como el
derecho a subsidio por desempleo, asistencia médica y vivienda.
Derecho
de asilo para aquellas personas a las que se les nieguen sus derechos
humanos por su condición de prostituta/o o por su orientación
sexual.
Condiciones
de Trabajo
No
debería haber ninguna ley que implique la marginación sistemática
de la prostitución. Los/as trabajadores/as sexuales deberían tener
derecho a elegir su lugar de trabajo y residencia. Es esencial que éstos/as
puedan ofrecer sus servicios bajo las condiciones que sólo ellos/as
determinen.
Debería
haber una comisión que asegurase la protección de los derechos de
estos/as trabajadores/as, y a la que éstos/as puedan remitir sus
reclamaciones. Esta comisión debería estar integrada por prostitutas
y otros profesionales como abogados/as y terapeutas.
No
debería existir ninguna ley discriminatoria que impida que se asocien
y que trabajen colectivamente para mejorar su seguridad.
Salud
Todos
los hombres y mujeres deberían ser educados/as para realizar
revisiones periódicas de enfermedades de transmisión sexual.
Teniendo en cuenta que las revisiones médicas se han utilizado históricamente
para controlar y estigmatizar a estos/as trabajadores/as, y que las/os
prostitutas/os adultos/as están, en general, mucho más informados
acerca de la salud sexual que muchos/as otros/as, no es aceptable la
obligatoriedad de las revisiones salvo que lo sean para todas las
personas sexualmente activas.
Servicios
Deberían
implantarse servicios de empleo, asesoramiento jurídico y consejo
sicológico, y acogida en viviendas públicas para niños que han
huido de sus casas, para prevenir la prostitución infantil y promover
su bienestar y la igualdad de oportunidades.
Los/as
trabajadores/as sexuales deben de gozar de los mismos beneficios
sociales que el resto de los/as ciudadanos/as, de acuerdo con la
legislación de cada país.
Deberían
implantarse también casas de acogida y otros servicios para éstos/as,
así como programas de
formación para aquellos/as que deseen cambiar de trabajo.
Impuestos
No
a los impuestos especiales para los trabajadores/as sexuales.
Deberían
pagar los mismos impuestos que los demás trabajadores o empresarios,
y recibir los mismos beneficios.
Opinión
pública
Apoyar
programas educativos para cambiar las actitudes sociales que
estigmatizan y discriminan a estos/as trabajadores/as o
ex-trabajadores/as, de cualquier raza, género o nacionalidad.
Desarrollar
programas educativos que ayuden a
la población en general a entender que el/la cliente/a juega un papel
muy importante en el fenómeno de la prostitución, siendo casi
siempre ignorada dicha figura. El/la cliente/a, así como el/la
trabajador/a, no debería ser discriminado/a o condenado/a sobre una
base moral.
Nos
solidarizamos con los/as trabajadores/as del denominado comercio
sexual.
Organización
Las
organizaciones de trabajadores/as y ex-trabajadores/as sexuales deberían
recibir apoyo para poder avanzar más allá de lo expresado en esta
declaración.
|