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En 1983 se despenaliza la operación de cambio de
sexo.
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En 1987 el TS reconoce el derecho de un transexual a
cambiar de sexo,
considerando que el género prevalece sobre el sexo.
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Después del cambio de sexo se solicita al juez el
cambio de nombre y sexo.
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Si el juez lo estima se anota en la partida de
nacimiento, sin que desaparezcan el
nombre y sexo originales.
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A veces el fiscal lo recurre y hay que llegar al TS.
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No se acepta la adopción, pensión de viudedad,
etc., por la teoría de la ficción.
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Iniciativas legislativas:
- Asturias:
IU de Asturias presenta el 15 de mayo de 1988
una proposición no de ley en el Parlamento
Asturiano que pide al Consejo de Gobierno que
considere el dcho de los transexuales a un
tratamiento integral; un programa de
normalización que combata la discriminación
laboral y social; insta al Gobierno Central la
regulación de la rectificación registral y
documental. Sólo Prosperan estos dos últimos.
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